El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia histórica al anular las disposiciones que penalizaban las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas. Esas normas definían la “sodomía” como el concúbito entre personas del mismo sexo y establecían penas de entre seis meses y dos años de prisión correccional para los miembros de los cuerpos armados.
El TC declaró que esos artículos resultan contrarios a la Constitución por discriminar de manera injustificada a las personas por su orientación sexual, violar el derecho a la igualdad, la intimidad y el libre desarrollo de la personalidad, así como el derecho al trabajo de quienes sirven en las instituciones uniformadas.
La decisión ordena eliminar las referencias a la sodomía en los códigos disciplinarios de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas, lo que implica que las relaciones consentidas entre adultos del mismo sexo dejan de ser motivo de sanción disciplinaria o penal dentro de esos cuerpos.
Diversos sectores han reaccionado a la sentencia, con organizaciones de derechos humanos valorando el fallo como un paso relevante contra la discriminación, mientras grupos religiosos y algunas figuras políticas han expresado su rechazo y advertido que la decisión “atenta contra la moral” del país.









