La Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional rechazó el recurso con el que Adán Benoni Cáceres Silvestre buscaba que se declarara la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo del proceso. Con esa decisión, el tribunal confirmó íntegramente la resolución previa del Primer Tribunal Colegiado que había considerado razonable el tiempo transcurrido por la complejidad del expediente Coral/Coral 5G.
La defensa alegó que se violó el límite de cuatro años previsto en el artículo 148 del Código Procesal Penal y criticó la “motivación aparente” de las decisiones que han rechazado el cierre del caso. La Corte, sin embargo, sostuvo que no hubo desnaturalización de la norma y que, para declarar extinción, deben evaluarse parámetros de razonabilidad, incluyendo el contexto y los múltiples incidentes procesales que suelen alargar procesos complejos.
El fallo también repasó hitos que justifican la extensión: en fase preliminar se aprobó una prórroga del plazo de investigación (de 5 a 95 días hábiles) para garantizar defensa, y en etapa de juicio se registraron aplazamientos entre octubre de 2023 y junio de 2024, cuando arrancó formalmente la presentación oral de la acusación del Ministerio Público.
Con este revés, la estrategia de la defensa pasa a enfocarse en el juicio de fondo, donde el Ministerio Público pide hasta 20 años de prisión y multas elevadas para los principales imputados del presunto entramado que habría desviado más de RD$4,500 millones desde organismos como el Cusep y el Cestur.










