La institución rechaza la orden de designar un abogado para Inprosol en el caso Intrant y sostiene que la asistencia gratuita del Estado fue creada para personas, no para compañías
Santo Domingo. La Oficina Nacional de la Defensa Pública decidió no ceder.
Su director, Rodolfo Valentín, afirmó que la institución no designará defensores públicos para representar empresas u organizaciones privadas, pese a la intimación realizada por el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dentro del caso Intrant.
El conflicto surgió por Inprosol SRL, una de las empresas acusadas en el proceso por la presunta estafa contra el Estado y sabotaje a la red semafórica.
La compañía no tiene abogado.
El tribunal ordenó a la Defensa Pública proporcionarle uno y advirtió que el Ministerio Público ha planteado la posibilidad de acudir a las vías correspondientes por desacato si la disposición no se cumple.
Valentín respondió con una negativa.
Sostiene que la Constitución y la Ley de Defensa Pública conciben la asistencia jurídica gratuita para personas físicas que no pueden pagar un abogado, especialmente ciudadanos vulnerables, y no para sociedades comerciales.
“Caer en eso sería una trampa procesal”, afirmó.
El funcionario fue todavía más lejos y acusó a jueces, fiscales y abogados privados de intentar imponer una interpretación equivocada del concepto de “persona” contenido en la legislación.
Según Valentín, ningún sistema de defensa pública de Iberoamérica dedica recursos estatales a representar compañías privadas. Citó únicamente el caso español, donde determinadas organizaciones sin fines de lucro pueden recibir asistencia bajo circunstancias específicas.
El choque ya está afectando el proceso judicial.
La falta de representación de Inprosol fue una de las razones por las cuales el juicio contra el exdirector del Intrant, Hugo Beras, el empresario Jochi Gómez y otros acusados fue aplazado hasta el 22 de septiembre.
El problema tampoco termina en este expediente.
Valentín informó que existen recursos pendientes ante el Tribunal Constitucional para determinar hasta dónde llega la obligación de la Defensa Pública frente a personas jurídicas.
Hasta entonces, las posiciones están enfrentadas.
El tribunal dice que la empresa necesita defensa.
La Defensa Pública responde que una empresa puede necesitar abogado.
Pero no uno pagado por los contribuyentes.










